Un
comentado caso de disputa por la guarda y la adopción de una niña de menos de 3
años conmueve y divide opiniones -en la opinión pública, los medios
profesionales, la clase política -en torno a una decisión judicial que separa a
la niña de la familia que la cuidaba.
Algunas
reflexiones al respecto centradas en lo que se supone todas las partes en la
contienda tratan de preservar, el bien
de la niña.
Si
bien este caso -por la exposición mediática que ha tomado - se ofrece como excepcional, parece dejar al descubierto algunas dificultades en los
dispositivos legales y asistenciales que se encuentran abocados a tales fines
por infinidad de razones que merecerían un análisis pormenorizado de
algunos obsoletos mecanismos, la falta
de recursos y su necesaria adecuación y aggiornamiento. De todos modos todos
esos análisis de dimensiones macropolíticas no alcanzan para dimensionar un
caso, uno solo en toda su magnitud, en la insondable magnitud de la
singularidad de la vida de una niña.
Veamos
entonces si, leemos en la Convención Internacional de los Derechos del Niño[1]
Artículo 6
1.Los
Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida.
2.Los
Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el
desarrollo del niño.
¿De qué se trata garantizar el derecho a la vida, es
sólo la supervivencia? ¿Qué se entiende aquí
por desarrollo saludable del niño? Desde
todos los abordajes teóricos y clínicos
de la psicología en confluencia con los últimos y más avanzados estudios
de la psiquiatría que van de las
neurociencias al psicoanálisis, pasando por las escuelas sistémicas ,
cognitivistas, constructivistas, freudiana, posfreudiana, kleiniana, lacaniana,
gestáltica que abrevan en conceptos de Bion, Sigmund Freud, Jacques Lacan, Jean
Piaget , Paul Watzlawick ,Maud
Mannoni, Francoise Doltó , Melanie Klein, A.Riviere, entre tantos otros se
conviene en lo crucial y determinante que son los primeros años de vida de un
niño y de la marca imborrable y fundamental que las experiencias vividas dejan
señalando un rumbo muchas veces inexorable en su vida. No es dable encontrar
una opinión científica desfavorable o contraria en este punto.
Las
primeras experiencias señalarán no sólo su modo de relacionarse con otros sino
con el mundo, en un tiempo donde el cachorro humano, a diferencia de las
especies animales necesita de una imago humana y de cuidados durante un tiempo
más prolongado y donde esas voces, esos
olores, esas palabras, ese modo de ser nombrado, acariciado, cuidado, alimentado,
amado darán sustento para desarrollar su inteligencia y sus afectos, su
conciencia de sí y de los otros. Las experiencias de abandono, hospitalismo e
institucionalización en niños de corta edad
-largamente estudiadas- hablan de las consecuencias psíquicas y en el
desarrollo cognitivo de los niños, imposibles de cambiar.
Cuestiones de estructura psíquica se juegan en
estos primeros años que determinarán la posibilidad de un desarrollo favorable
o no.
¿Entonces qué consecuencias en un
niño que es separado abrupta, violentamente, de
quienes reconoce como mamá y papá durante más de un año sin que nadie
antes haya ocupado un lugar estable en esa función, función que no se ocupa por designaciones
administrativas sino por el deseo de un hombre y una mujer, deseo que es
compartido por la niña? Esos deseos fueron puestos no sólo en papeles sino en
actos cotidianos que no ceden frente a la dificultad y la adversidad. Deseos que devienen en lazos
amorosos recíprocos.
¿Qué consecuencias para una niña que
pierde de un día para el otro -y no por catástrofes naturales- todo el mundo de
objetos y afectos que la rodea sin que -las voces de quienes ella reconoce- le den una explicación
que ponga palabras a semejante situación traumática, a semejante situación
inexplicable- para la niña- ahora y durante
toda la vida? ¿Todo esto en nombre de su propio bien?
¿Qué se entiende con
este fallo por propio bien?
En nombre del propio bien del niño
se le administran medicinas desagradables o se les cepillan los dientes o se
los pone a hacer tareas escolares. Pero, ¿es en nombre de su propio bien que se lo separa de su
mundo de afectos? Por su propio bien
sería en caso de maltrato, abandono, abuso. ¿Qué se entiende aquí por el bien superior
del niño?[2]
¿O Maria Julia no fue
ya separada abruptamente de su madre biológica? Una historia que insiste en
repetirse, esta vez separada abruptamente de sus padres que la adoptan en el
amor porque no alcanzan a hacerlo legalmente
por cuestiones de prelación. Prelación que sólo contempla los derechos
de familias que llegaron antes al expediente. Derecho a tener un niño pero ¿se contempla de este modo el derecho del
niño a tener una familia? ¿Por qué no se legaliza esa situación y se le otorga
el doble estatuto imprescindible para constituirse en padres? Dos estatutos son
imprescindibles: el legal y el del amor.
Lejos
estamos del adagio latino que dice “mater certissima pater semper
incertus est".En los
tiempos en que no existía la fertilidad asistida- in vitro - ni los vientres
alquilados ni los bancos de esperma, ni las pruebas de ADN se podía saber quién
era la madre por testigos del parto, pero del padre … incertus era, entonces
¿quién era el padre? El que lo re-conocía como tal y lo inscribía frente a la
ley; antes, en las iglesias, los bautizos servían para ser reconocidos como
hijos del cielo y la tierra a la vez.
Ahora bien, qué es un padre, ¿un
espermatozoide? o alguien que reconoce a un niño como su hijo y toma la
decisión de ocupar ese multifacético y dificilísimo lugar de cuidarlo, con algo
de amor y de transmitirle- como puede- las normas de regulación de los
instintos, de introducirlo en el mundo, en una lengua, una cultura.
Un padre es una función, pero
encarnada por alguien, digamos más bien, más de uno. Estos padres la inscriben frente
a la iglesia y solicitan frente a la ley su inscripción ¿Por qué se les niega
esa posibilidad? No están muy lejos en el recuerdo en nuestro país los niños
separados- por su propio bien -de sus familias que no los maltrataban ni
abusaban de ellos que más bien estaban preocupados por tantos niños en
esas condiciones Ni siquiera sus objetos
transicionales -al decir de D.W. Winnicott -fueron conservados: sus muñecos, su
ropa. Sus utensilios de comer, su ropa de cama, su habitación. Insisto. no fue
una catástrofe natural.
Entonces, ¿de qué modo un niño
puede reconstruir una historia signada por las separaciones abruptas,
encontrada con el cordón sangrante aún, en medio de una noche fría? He allí
marcas traumáticas superiores a las de cualquier nacimiento, ¿cómo puede
construir lazos de confianza y amparo quien es sometido recurrentemente al
desamparo? ¿O nos vamos a olvidar de la preocupación creciente de psiquiatras,
psicólogos y legisladores acerca de los Trastornos Generales del Desarrollo y
el autismo? Hace falta ver solamente la reciente ley de autismo que fue votada
por unanimidad el 30 de noviembre del año 2012 en esta provincia.
Mientras ,por un lado, se
promueven leyes que manifiestan la preocupación de las comunidades científicas,
profesionales y de las familias involucradas en estas patologías, por el otro, se somete a los niños a
situaciones que generan las condiciones que favorecen estas patologías.¿O se
puede desconocer que el altísimo número de casos de violencia, adicciones y delitos de menores tiene una de sus
importantes raíces en las situaciones de maltrato, abandono, marginalidad a las
que son sometidos desde la temprana infancia? Las marcas de nacimiento y de
crianza en los primeros años son imborrables. Doblemente
maltratada y abandonada, sin reconocer su derecho a ser escuchada o ¿qué dice
un niño cuando le dice mamá y papá a dos personas, qué dice cuando canta y
juega con ellos y se siente protegido y amparado en sus momentos de
miedo, enfermedad y tristeza? ¿En qué momento se
escuchó a la niña? tal y como lo indica el artículo 12 de la Convención
internacional de los Derechos del Niño.
No se trata de los
derechos-adquiridos o no -de unos u otros a adoptarla, se trata de que las
leyes no pueden estar al servicio de que se cumplan las leyes, esa iatrogenia
tautológica solo responde a la burocracia en que se convierten los sistemas
legales que pierden de vista su
objetivo, las leyes parecen estar al servicio de proteger las leyes y no los
derechos de las personas.
¿Qué dirá la niña cuando quiera escribir o contar su historia?
Todos los niños son invitados a ello en reuniones con otros niños, en la
escuela y a lo largo de su vida. Su origen le da una posibilidad de simbolizar
en su vida algo de lo irreparable, de la pérdida irreparable que todo
nacimiento significa. Pero no solamente eso, nadie es sin su historia por el
contrario cada uno es con su historia.
Leemos en Winnicott[3]
“"Cuando la falla no es reparada en el
tiempo adecuado _ segundos, minutos, horas_, utilizamos el término privación.
Un niño privado es el que, después de haber conocido la reparación de las
fallas, llega a experimentar fallas no reparadas. En ese caso el niño deberá
dedicar su vida a provocar condiciones en que las fallas vuelvan a ser
reparadas...y luego agrega”...Las fallas graves en el sostén
producen en el niño una ansiedad inconcebible; el contenido de esta ansiedad
es: partirse en pedazos, caerse interminablemente, aislarse completamente, separación
entre psique y soma...”
Jaime Gil de Biedma poeta catalán (1929-90)
en su poemario Según la sentencia del
tiempo[4],
publicado en 1953 dice en las dos
primeras estrofas del poema “En el nombre de hoy
“
“En el nombre de hoy, veintiséis
de abril y mil novecientos
cincuenta y nueve, domingo
de nubes con sol, a las tres
-según sentencia del tiempo-
de la tarde en que doy principio
a este ejercicio en pronombre primero
del singular, indicativo,
y asimismo en el nombre del pájaro
y de la espuma del almendro,
del mundo, en fin, que habitamos,
voy a deciros lo que entiendo.
Pero antes de ir adelante
desde esta página quiero
enviar un saludo a mis padres,
que no me estarán leyendo. …..”
de abril y mil novecientos
cincuenta y nueve, domingo
de nubes con sol, a las tres
-según sentencia del tiempo-
de la tarde en que doy principio
a este ejercicio en pronombre primero
del singular, indicativo,
y asimismo en el nombre del pájaro
y de la espuma del almendro,
del mundo, en fin, que habitamos,
voy a deciros lo que entiendo.
Pero antes de ir adelante
desde esta página quiero
enviar un saludo a mis padres,
que no me estarán leyendo. …..”
Y agrega el poeta en la última:
“…a vosotros
pecadores
como yo, que me avergüenzo
de los palos que no me han dado,
señoritos de nacimiento
por mala conciencia escritores
de poesía social,
dedico también un recuerdo,
y a la afición en general.”5
como yo, que me avergüenzo
de los palos que no me han dado,
señoritos de nacimiento
por mala conciencia escritores
de poesía social,
dedico también un recuerdo,
y a la afición en general.”5
¿Quién responderá por las consecuencias del daño que se le ha producido
por su propio bien? Cada momento que pase producirá un daño irreparable, cada
vez más irreparable.
El tiempo no se recupera jamás.
El tiempo no se recupera jamás, pero
es el que dicta siempre la última sentencia.
Elvira María Dianno
Santa Fe, Argentina,6 de enero de 2013
5aquí se puede escuchar al poeta
recitar el poema completo
http://www.rtve.es/alacarta/audios/imprescindibles/nombre-hoy/882733/
[1]
Convención Internacional de los Derechos del Niño, 1989, Ley Nacional 23849/1989, Incluida en la Constitución
Nacional en 1994
[2] Vease
Art. 3ª Ley Nacional 26061
[3]
Winnicott, Donald W.”Los bebés y sus madres”paidós, Buenos Aires, Pág. 130/131
[4] Gil de
Biedma , Jaime “En el Nombre de hoy” en según la Sentencia del tiempo editado por la revista Laye en
Barcelona, en 1953
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